Falla SCJN en favor de trabajadores afiliados al Issstezac
-Declaró inconstitucionales los artículos 128 y 128 BIS de la ley del ISSSTEZAC
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, declaró inconstitucionales los artículos 128 y 128 BIS de la ley del ISSSTEZAC aprobada el 11 de agosto de 2024, por el Congreso del Estado de Zacatecas que permitían suspender el pago de pensiones en caso de una posible quiebra del Issstezac.
"Esta resolución confirma que dichas disposiciones eran lescivas para los derechos adquiridos de quienes cotizan en el Instituto", manifestó el Secretario General de la Sección 58 del Sindicato Nacional de trabajadores de la Educación (SNTE) y líder del Movimiento de Bases del Issstezac, Marcelino Rodarte Hernández
Asimismo, a través de un comunicado el líder magisterial precisó que respecto del Artículo 74 que establece la reducción del aguinaldo de 60 a 30 días, la Suprema Corte de Justicia ha sido clara al señalar que esta reforma solo será aplicable a quienes empezaron a trabajar con posteridad al 11 de agosto de 2024, evitando cualquier efecto retroactivo, con lo que se protege la certeza jurídica y el patrimonio de las y los trabajadores en activo.
"Desde la Sección 58 expresamos nuestro reconocimiento y agradecimiento a la Suprema Corte de Justicia de a Nación, por su sensibilidad y capacidad de escucha y de actuar del lado de las y los trabajadores", externó.
Rodarte Hernández afirmó que hoy se ha hecho justicia frente a la leyes estatales que vulneraban derechos no solo de las y los integrantes de la sección 58, sino de otros organismos que cotizan en el Issstezac.
Por ello externó: "Valoramos de manera especial el esfuerzo y la solidaridad de sindicatos hermanos, así como de otras expresiones organizadas de las y los trabajadores, entre ellas el Movimiento de Bases, en el que participan muchos de nuestras compañeras y compañeros".
Consideró que la unidad, la perseverancia y la convicción colectiva han sido fundamentales
para alcanzar este resultado. Este fallo representa un precedente histórico, reafirma que la defensa legal y organizada rinde frutos y fortalece nuestra convicción de que los derechos laborales no se negocian ni se recortan.
Este lunes, se sometió a votación un proyecto de inconstitucionalidad presentado por la ministra, Loretta Ortiz Ahlf, y se invalidaron tres artículos del sistema pensionario local,ya que se determinó que son inconstitucionales.

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